Noticias

DEFRAUDACIÓN DE FLUIDOS

Artículo 256. Defraudacion de fluidos

El que mediante cualquier mecanismo clandestino o alterando los sistemas de control o aparatos contadores, se apropie de energía eléctrica, agua, gas natural, o señal de telecomunicaciones, en perjuicio ajeno, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a setenta y dos (72) meses y en multa de uno punto treinta y tres (1.33) a ciento cincuenta (150) salarios mínimos legales mensuales vigentes. 
 

Documento

Tel 8676230 - 3002942130

www.aguasdelnorte.co

[email protected]